TÍTULO VIII SISTEMA NACIONAL DE CONCILIACIÓNCAPÍTULO V PROGRAMAS DE CONCILIACIÓN
Artículo 139
Creación del Programa Nacional de Justicia en Equidad
Créase el Programa Nacional de Justicia en Equidad en cabeza del Ministerio de Justicia y del Derecho, el cual tendrá a su cargo el diseño, implementación, fortalecimiento y sostenibilidad de la política pública de la conciliación en equidad, de convivencia, y de los métodos alternativos de solución de conflictos, que se basen en la equidad y en los parámetros de justicia de las comunidades que habitan el territorio nacional. El programa estará integrado por los programas locales de justicia en equidad como parte de la política pública de seguridad, convivencia y acceso a la justicia de los municipios, distritos y departamentos, quienes estarán a cargo de su implementación, operación y sostenibilidad.