CAPÍTULO I. "EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA".
Artículo 188
Artículo 188
El Presidente de la República simboliza la unidad nacional y al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos. (Ver Sentencias de la Corte Constitucional: C-478-92 ; C-530-93 ; C-350-94 ; C-453-94 ; C-048-2001 ; C-1172-2001 )