Artículo 111
Artículo 111
Los partidos y movimientos políticos con personeria jurídica tienen derecho a utilizar los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnetico, en todo tiempo, conforme a la ley. Ella establecerá así mismo los casos y la forma como los partidos, los movimientos políticos y los candidatos debidamente inscritos, tendrán acceso a dichos medios. (Artículo modificado por el artículo 4 del Acto Legislativo 1 de 2003.) (Ver Ley 1475 de 2011) (Ver Sentencias de la Corte Constitucional: C-572-04; C-342-06) Jurisprudencia Vigencia Leyes y Sentencias TEXTO ANTERIOR: Los partidos y movimientos pol ticos con personer a jur dica tienen derecho a utilizar los medios de comunicaci n social del Estado en todo tiempo, conforme a la ley. Ella establecer as mismo los casos y la forma como los candidatos debidamente inscritos tendr n acceso a dichos medios.