LIBRO TERCERO LOS PROCESOSTÍTULO QUINTO ARBITRAMENTO JURÍDICOCAPÍTULO ÚNICO Arbitramento en derecho en materia laboral y de la seguridad soc
Artículo 307
Contenido del laudo de carácter jurídico
El laudo será en derecho, se expedirá por escrito debiendo ser firmado por todos los árbitros, se anunciarán los hechos que estime probados, las razones de derecho y los razonamientos necesarios para fundamentar las conclusiones. Finalmente expondrán suficientemente la sustentación del fallo, ajustándose en lo posible a la forma y contenido de las sentencias que profieran los jueces del trabajo.