LIBRO CUARTO IMPUESTOS DE TIMBRE NACIONAL SUJETOS PASIVOS
Artículo 540
INEXEQUIBLE
NINGÚN DOCUMENTO DEBERÁ SER TENIDO COMO PRUEBA MIENTRAS NO SE PAGUE EL IMPUESTO DE TIMBRE . Ningún instrumento o actuación sujeto al impuesto de timbre podrá ser admitido por funcionarios oficiales ni tenido como prueba mientras no se pague el impuesto, las sanciones y los intereses de acuerdo con el Artículo 535. ( Modificado por el Art. 43 de la Ley 6 de 1992 ) ( Declarado INEXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional c-1714 de 2000 )