TÍTULO VIII Disposiciones Especiales para el Trámite y Decisión de las Preten
Artículo 287
Presupuestos de la sentencia anulatoria del acto de elección popular
Para garantizar el respeto de la voluntad legítima mayoritaria de los electores habrá lugar a declarar la nulidad de la elección por voto popular, cuando el juez establezca que las irregularidades en la votación o en los escrutinios son de tal incidencia que de practicarse nuevos escrutinios serían otros los elegidos.