TÍTULO VIII Disposiciones Especiales para el Trámite y Decisión de las Preten
Artículo 286
Audiencia de alegaciones y de juzgamiento
Practicadas las pruebas el juez o Magistrado Ponente fijará la fecha para la audiencia de alegaciones y de juzgamiento, la cual se sujetará a lo previsto para el proceso ordinario en este Código.