Artículo 37
Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente
Solo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho. (Ver Ley 1453 de 2011; Art. 26 ; Art. 44 ) (Ver Ley 1801 de 2016; Titulo VI ) (Ver Sentencias de la Corte Constitucional: C-542-93; C-024-94; C-088-94; C-742-12; C-223-17; C-281-17; C-009-18)