CAPÍTULO 3. DEL ESTATUTO DE LA OPOSICIONArtículo 117El Ministerio Público y la Contraloría General de la República son órganos de control. (Ver Ley 42 de 1993; Art53 ) (Ver Ley 106 de 1993) (Ver Decreto Ley 403 de 2020, Art. 1 ) (Ver Sentencias de la Corte Constitucional ; C-534-93 ; C-320-94 ; C-374-94 ; C-365-2001 ; )← AnteriorArt. 116 Siguiente →Art. 118