LIBRO DE TRABAJADORES. Artículo derogado por el parágrafo 3 del artículo 65TÍTULO I. SINDICATOS.CAPÍTULO IV. FACULTADES Y FUNCIONES SINDICALES.
Artículo 375
ATENCION POR PARTE DE LAS AUTORIDADES Y {EMPLEADORES}
Las funciones señaladas en los artículos anteriores y que deban ejercerse ante las autoridades y los {empleadores} implican para éstos la obligación correlativa de entender oportunamente a los representantes del sindicato, sus apoderados y voceros.