LIBRO PRIMERO SUJETOS PROCESALESTÍTULO ÚNICOCAPÍTULO I Representación judicial
Artículo 38
Capacidad para ser parte
Podrán ser parte en un proceso: Las personas naturales y jurídicas. Los patrimonios autónomos. Los consorcios y las uniones temporales, sin perjuicio de la responsabilidad que se atribuya a sus integrantes. El concebido, para la defensa de sus derechos. Los demás que determine la ley.