LIBRO PRIMERO SUJETOS PROCESALESTÍTULO PRIMERO JURISDICCIÓN Y COMPETENCIACAPÍTULO I Competencia
Artículo 15
Pluralidad de jueces competentes
Cuando la demanda se dirija simultáneamente contra dos o más demandados, y, por tanto, tengan competencia para conocer de ella dos o más jueces, el demandante elegirá entre estos. Lo anterior sin tener en cuenta la competencia prevalente por la calidad de las partes.