TÍTULO IV DE LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DE LA CONDUCTA PUNIBLECAPÍTULO PRIMERO DE LAS PENAS, SUS CLASES Y SUS EFECTOS
Artículo 50
La privación del derecho a residir o de acudir a determinados lugares
La privación del derecho a residir o de acudir a determinados lugares, impide al penado volver al lugar en que haya cometido la infraccion, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos. ARTÍCULO 50A. LA PROHIBICIÓN DE ADQUISICIÓN Y TENENCIA DE ANIMALES. Adicionado por el art. 3, Ley 2455 de 2025 . La prohibición al penado de adquisición, tenencia, cuidado y refugio de animales de cualquier especie, se aplicará a través de cualquier título como compra, donación, permuta, adopción, sentencia judicial, u otro. Además, incluye la prohibición de recibir animales por prescripción, sucesión testamentaria u otros cambios de estado legal.