LIBRO SEGUNDOTÍTULO XV DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICACAPÍTULO OCTAVO DE LOS ABUSOS DE AUTORIDAD Y OTRAS INFRACCIONES
Artículo 423
Empleo ilegal de la fuerza publica
El servidor público que obtenga el concurso de la fuerza pública o emplee la que tenga a su disposición para consumar acto arbitrario o injusto, o para impedir o estorbar el cumplimiento de orden legítima de otra autoridad, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses, multa trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor. (Penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004) .