LIBRO TERCERO PROCEDIMIENTO PENAL MILITARTÍTULO XI RÉGIMEN DE LA LIBERTAD Y SU RESTRICCIÓNCAPÍTULO I Disposiciones comunes
Artículo 453
Afirmación de la libertad
Las disposiciones de este Código que autorizan preventivamente la privación o restricción de la libertad del indiciado tienen carácter excepcional y su aplicación debe ser necesaria, adecuada, proporcional y razonable frente a los contenidos constitucionales.