LIBRO III REGIMEN ESPECIALTÍTULO II REGIMEN DE LOS NOTARIOSCAPÍTULO I AMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 75
Normas aplicables
El Régimen Disciplinario Especial de los particulares también se aplicará a los notarios y comprende el catálogo de faltas imputables a ellos, contempladas en este título. Los principios rectores, los términos prescriptivos de la acción y de la sanción disciplinaria al igual que el procedimiento, son los mismos consagrados en este código respecto de la competencia preferente.