Artículo 180
Contradicción del dictamen
Recibido el dictamen, el funcionario competente examinara que se haya cumplido a cabalidad con lo ordenado; si no fuere así, lo devolverá al perito para que proceda a su corrección o complementación. De satisfacer todos los requisitos mediante decisión que se notificara por estado, se correrá su traslado a los sujetos procesales por el termino común de tres (3) días para que puedan solicitar su aclaración, complementación o adición. Cuando se decrete la aclaración, complementación o adición del dictamen, se concederá al perito un término no superior a cinco (5) días, prorrogable por una sola vez, para que aclare, amplié o adicione su dictamen. De denegarse la solicitud, procederá el recurso de reposición. El dictamen aclarado, ampliado o adicionado dará por terminado el trámite. Los dictámenes podrán ser objetados por error grave. En caso de concurrencia de solicitudes provenientes de distintos sujetos procesales, en las que se objete el dictamen o se pida su aclaración, ampliación o adición, se resolverá primero la objeción. El escrito de objeción podrá ser allegado hasta antes de correr traslado para alegatos de conclusión previos al fallo y en el se precisará el error y se podrán pedir o allegar las pruebas para demostrarlo. Si es aceptada la objeción, se designará un nuevo perito que emitirá su dictamen de acuerdo con el procedimiento aquí previsto. De denegarse la objeción, procederá el recurso de reposición. El dictamen emitido por el nuevo perito será inobjetable, pero susceptible de aclaración o complementación. La decisión correspondiente se adoptará de plano. PARÁGRAFO
1. Los traslados previstos en este artículo en la etapa de investigación, se comunicarán y notificaran por estado. PARÁGRAFO
2. Cuando sea procedente la prueba pericial en el trámite de la audiencia se dará aplicación al trámite previsto en este artículo, pero el traslado y la sustentación de las aclaraciones, complementaciones u objeciones se sustentarán verbal y motivadamente y las notificaciones se harán en estrado.