LIBRO TERCERO PROCESOSTÍTULO IV INSOLVENCIA DE LA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTECAPÍTULO V Disposiciones comunes a los capítulos anteriores
Artículo 575
Divulgación
El Gobierno Nacional, a través de los programas institucionales de televisión y las páginas web oficiales de las entidades públicas que lo integran divulgará permanentemente los procedimientos previstos en el presente título, la manera de acogerse, sus beneficios y efectos.