LIBRO PRIMERO - DEL AMBIENTETÍTULO VII DE LA ZONIFICACIÓN
Artículo 30
Artículo 30
Para la adecuada protección del ambiente y de los recursos naturales, el Gobierno Nacional establecerá políticas y normas sobre zonificación. Los departamentos y municipios tendrán sus propias normas de zonificación, sujetas a las de orden Nacional, a que se refiere el inciso anterior.