LIBRO SEGUNDO DE LA PROPIEDAD, USO E INFLUENCIA AMBIENTAL DE LOS RECURSOS NATÍTULO IX CARGAS PECUNIARIAS
Artículo 160
INEXEQUIBLE
El Gobierno Nacional calculará y establecerá las tasas a que haya lugar por el uso de las aguas en actividades lucrativas. Sentencia de la Corte Constitucional C-1063 de 2003