TÍTULO SEPTIMO ASPECTOS PROCEDIMENTALESCAPÍTULO XXX Sistema Nacional de Información Minera
Artículo 337
Objetivos
El Sistema de Información Minera tendrá como objetivos principales:
1. Recoger, procesar y divulgar la información que se realice en el sector minero.
2. Realizar una adecuada coordinación de las investigaciones que desarrollen las distintas entidades y organismos del sector.
3. Servir como fuente de información para el diseño de planes y programas de promoción de la industria minera.
4. Facilitar, con base en la información minera confiable, el acceso de nuevos inversionistas y el diseño de proyectos mineros.
5. Unificar la información existente en relación con el sector minero.
6. Administrar el Registro Minero Nacional.