TÍTULO QUINTO ASPECTOS EXTERNOS A LA MINERIACAPÍTULO XIX Expropiación
Artículo 190
Inscripción y examen de los bienes
Derogado por el art. 31, Ley 1382 de 2010 . Con base en la documentación presentada y el Programa de Obras y Trabajos producido durante la exploración, se efectuará una inspección sobre el terreno en unión de peritos designados por la autoridad minera, para verificar si los bienes por expropiarse son imprescindibles para establecer y operar, en forma eficiente, el proyecto minero y para estimar el valor de la indemnización por pagar a sus dueños o poseedores.