LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES MERCANTILES.TÍTULO DE PATENTE - PROCEDIMIENTO EN CASO CONTRARIO. Si no hubiere observacio
Artículo 556
REGLAS SOBRE LICENCIA CONTRACTUAL
Salvo estipulación en contrario, la licencia contractual se rige por las reglas siguientes: 1) No excluye el derecho de conceder otras ni que el titular explote la invención por sí mismo; 2) El beneficiario de la licencia tendrá derecho a explotar la invención por el plazo de duración de la patente, en todo el territorio del país y para todas sus aplicaciones, y 3) El beneficiario de la licencia no puede cederla a terceros, ni está autorizado para otorgar sublicencias.