LIBRO DE REGISTRO . La sociedad no podrá negarse a hacer las inscripciones eTÍTULO X. DE LAS CUENTAS EN PARTICIPACIÓN
Artículo 514
APLICACIÓN DE NORMAS PARA LO NO PREVISTO
En lo no previsto en el contrato de participación para regular las relaciones de los partícipes, tanto durante la asociación como a la liquidación del negocio o negocios, se aplicarán las reglas previstas en este Código para la sociedad en comandita simple y, en cuanto éstas resulten insuficientes, las generales del Título Primero de este mismo Libro.