LIBRO DE REGISTRO . La sociedad no podrá negarse a hacer las inscripciones eTÍTULO X. DE LAS CUENTAS EN PARTICIPACIÓN
Artículo 513
DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE LOS PARTICIPES
Salvo las modificaciones resultantes de la naturaleza jurídica de la participación, ella producirá entre los partícipes los mismos derechos y obligaciones que la sociedad en comandita simple confiere e impone a los socios entre sí.