LIBRO DE REGISTRO . La sociedad no podrá negarse a hacer las inscripciones eTÍTULO IX. DE LA SOCIEDAD MERCANTIL DE HECHO
Artículo 505
LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD
Cada uno de los asociados podrá pedir en cualquier tiempo que se haga la liquidación de la sociedad de hecho y que se liquide y pague su participación en ella y los demás asociados estarán obligados a proceder a dicha liquidación.