LIBRO DE REGISTRO . La sociedad no podrá negarse a hacer las inscripciones eCAPÍTULO III. DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓNSECCIÓN II. JUNTA DIRECTIVA
Artículo 439
INFORME A LA ASAMBLEA
Derogado por el art. 242, Ley 222 de 1995 . La junta presentará a la asamblea con el balance y las cuentas de cada ejercicio, un informe razonado sobre la situación económica y financiera de la sociedad y el respectivo proyecto de distribución de utilidades.