LIBRO DE REGISTRO . La sociedad no podrá negarse a hacer las inscripciones eCAPÍTULO III. DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓNSECCIÓN II. JUNTA DIRECTIVA
Artículo 438
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Salvo disposición estatutaria en contrario, se presumirá que la junta directiva tendrá atribuciones suficientes para ordenar que se ejecute o celebre cualquier acto o contrato comprendido dentro del objeto social y para tomar las determinaciones necesarias en orden a que la sociedad cumpla sus fines.