LIBRO DE REGISTRO DE SOCIOS EN LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA . LaTÍTULO VI. DE LA SOCIEDAD ANÓNIMACAPÍTULO II. LAS ACCIONES EN LA SOCIEDAD ANÓNIMASECCIÓN IV.
Artículo 400
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS PROVISIONALES MIENTRAS EL VALOR DE LA ACCIÓN NO ESTE CUBIERTO TOTALMENTE
Mientras el valor de las acciones no esté cubierto íntegramente, sólo se expedirán certificados provisionales a los suscriptores. La transferencia de los certificados se sujetará a las condiciones señaladas en los estatutos, y del importe no pagado, responderán solidariamente cedentes y cesionarios. Pagadas totalmente las acciones se cambiarán los certificados provisionales por títulos definitivos.