LIBRO DE ACTAS DE LAS DECISIONES DE CONDUEÑOS . Las decisiones de los condueTÍTULO XIII. DEL SEGURO MARÍTIMOCAPÍTULO IV. PERSONAL AERONAUTICO
Artículo 1807
ATRIBUCIÓN DEL COMANDANTE DE LA AERONAVE
Son atribuciones del comandante de la aeronave: 1) Abrir y cerrar el plan de vuelo antes de la iniciación del viaje y al término del mismo; 2) Constatar que la aeronave y los miembros de la tripulación posean los libros, certificados y licencias exigidos; 3) Dejar constancia escrita, en el libro de bitácora, de los nacimientos, defunciones y demás hechos que puedan tener consecuencias legales, ocurridos a bordo o durante el vuelo; 4) Tomar las medidas necesarias para poner a disposición de la autoridad competente a la persona que comete un delito a bordo y 5) Determinar, en caso de emergencia, el aeropuerto en que deba aterrizar.