LIBRO DE ACTAS DE LAS DECISIONES DE CONDUEÑOS . Las decisiones de los condueTÍTULO IX. DEL TRANSPORTE MARÍTIMOCAPÍTULO II. TRANSPORTE DE PERSONAS
Artículo 1586
INDICACIONES DEL BOLETO O BILLETE
El boleto o billete deberá indicar el lugar y la fecha de su emisión, el puerto de partida y el de destino, la clase y el precio del pasaje, el nombre y el domicilio del transportador.