LIBRO DE ACTAS DE LAS DECISIONES DE CONDUEÑOS . Las decisiones de los condueTÍTULO RESPECTIVO A LA EXPLOTACIÓN DE LA NAVE. El armador deberá entregar en
Artículo 1480
EXCEPCIONES A LA RESPONSABILIDAD DEL ARMADOR
Además de los casos especialmente previstos en este Código, el armador estará exento de responsabilidad en los siguientes: 1) Si los hechos del capitán o de la tripulación no fueren relativos a la nave o a la expedición; 2) Si se tratare de hechos que el capitán hubiere ejecutado como delegado de la autoridad pública; 3) Si se tratare de obligaciones de asistencia y salvamento a terceros, y 4) Si quien demanda la indemnización fuere cómplice de los hechos del capitán o de la tripulación.