LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONASTÍTULO I. DE LAS PERSONAS EN CUANTO A SU NACIONALIDAD Y DOMICILIOCAPÍTULO II. DEL DOMICILIO EN CUANTO DEPENDE DE LA RESIDENCIA Y DEL ANIMO DE PE
Artículo 80
PRESUNCIÓN DEL ANIMO DE PERMANENCIA
Al contrario, se presume desde luego el ánimo de permanecer y avecindarse en un lugar, por el hecho de abrir en él tienda, botica, fábrica, taller, posada, escuela y otro establecimiento durable, para administrarlo en persona; por el hecho de aceptar en dicho lugar un empleo fijo de lo que regularmente se confieren por largo tiempo; y por otras circunstancias análogas. Concordancias