LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONASTÍTULO XII. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE LOS PADRES Y LOS HIJOS LEGIT
Artículo 263
Artículo 263
<EXTENSIÓN DE LA FACULTAD DE CORRECCIÓN>. <Artículo modificado por el artículo 22 del Decreto 2820 de 1974. > Los derechos conferidos a los padres en el artículo precedente se extenderán en ausencia, inhabilidad o muerte de uno de ellos, al otro, y de ambos a quien corresponde el cuidado personal del hijo menor no habilitado de edad*. Notas del Editor Notas de vigencia Legislación Anterior