TÍTULO II ESTRUCTURA DEL SERVICIO EDUCATIVOCAPÍTULO 2 EDUCACIÓN NO FORMAL
Artículo 39
Educación no formal como subsidio familiar
Reglamentado por el Decreto Nacional 1902 de 1994 . Los estudios que se realicen en las instituciones de educación no formal que según la reglamentación del Gobierno Nacional lo ameriten, serán reconocidos para efectos de pago del subsidio familiar, conforme a las normas vigentes .