LIBRO FISCAL DE REGISTRO DE OPERACIONES. Quienes comercialicen bienes o presTÍTULO VALOR. Cuando varias personas aparezcan como beneficiarios en forma coCAPÍTULO II FORMAS DE EXTINGUIR LA OBLIGACION TRIBUTARIA SOLUCIÓN O PAGO.
Artículo 806
PAGO CON TÍTULOS Y CERTIFICADOS
Los Títulos de Devolución de Impuestos sólo servirán para cancelar impuestos o derechos administrados por las Direcciones de Impuestos o de Aduanas, dentro del año calendario siguiente a la fecha de su expedición. Los Certificados de Desarrollo Turístico sirven para pagar por su valor nominal, toda clase de impuestos nacionales. ( Inciso 2, derogado por el Art. 285 de la Ley 223 de 1995 ) ( Reglamentado por el Decreto Nacional 73 de 1996 ) ( Reglamentado por el Decreto Nacional 1208 de 1996 ) ( Reglamentado por el Decreto Nacional 2289 de 1996 ) ANTICIPO DEL IMPUESTO .