LIBRO QUINTO PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO, SANCIONES Y ESTRUCTURA DE LA DIRECCIOCAPÍTULO II DECLARACIONES TRIBUTARIAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 609
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN DE TIMBRE
La declaración del impuesto de timbre deberá contener:
1. El formulario, que para el efecto señale la Dirección General de Impuestos Nacionales, debidamente diligenciado.
2. La descripción del documento o acto sometido al impuesto, con indicación de su fecha y cuantía.
3. La identificación de las personas o entidades que intervienen en el documento o acto.
4. La liquidación privada del impuesto de timbre, incluidas las sanciones e intereses, cuando fuere del caso.
5. La constancia del pago de la totalidad del impuesto, sus sanciones e intereses.
6. La firma de quien presenta la declaración del impuesto de timbre. ( Derogado por Art. 140 de la Ley 6 de 1992 )