LIBRO PRIMERO IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS DISPOSICIONES GENERACAPÍTULO I INGRESOS SUSCEPTIBLES DE CONSTITUIR GANANCIA OCASIONAL.
Artículo 302
ORIGEN.
Se consideran ganancias ocasionales para los contribuyentes sometidos a este impuesto, las provenientes de herencias legados y donaciones y lo percibido como porción conyugal ( Modificado por el Art. 102 de la Ley 1607 de 2012 )