Artículo 224
RENTA EXENTA LIARA NUEVAS EMPRESAS EN LA ZONA DEL NEVADO DEL RUIZ
Durante los seis (6) primeros años gravables de su período productivo estarán exentas del impuesto de renta y complementarios, las nuevas empresas agrícolas o ganaderas o los nuevos establecimientos industriales, comerciales o mineros que se establezcan antes del 31 de diciembre de 1988, en los siguientes municipios: Armero, Ambalema, Casabianca, Fresno, Falan, Herbeo, Honda, Mariquita, Murillo, Lérida, Líbano, Villahermosa y Venadillo en el Departamento del Tolima; Manizales, Chinchiná, Palestina y Villamaría en el Departamento de Caldas. Dicha exención se concederá en las siguientes proporciones: Para los dos (2) primeros años de período productivo, el 100%; Para el tercero y cuarto año, el 50%; y Para el quinto y sexto año, el 20%. PARÁGRAFO . El Gobierno Nacional podrá ampliar a otros municipios los beneficios de las exenciones que por este Artículo se disponen. ( Derogado por el Art. 376 de la Ley 1819 de 2016 ) ARTÍCULO 225 CONCEPTO DE NUEVA EMPRESA EN LA ZONA DEL NEVADO DEL RUIZ. Para los efectos del Artículo anterior, entiéndese establecida una empresa cuando el empresario si aquélla no es persona jurídica, manifiesta su intención de establecerla antes del 31 de diciembre de 1988, en memorial dirigido a la Administración de Impuestos respectiva en el cual se señale detalladamente la actividad económica a que se dedicará, el capital de la empresa, el lugar de ubicación de las instalaciones, la sede principal de sus negocios y las demás informaciones que exija el reglamento, el cual determinará así mismo los mecanismos de control que el Gobierno debe poner en práctica. Las sociedades comerciales se tendrán como establecidas, para los mismos efectos, desde la fecha de su inscripción de su acto constitutivo en el registro público de comercio. Las demás personas jurídicas desde la fecha de su constitución. PARÁGRAFO . Para gozar la exención, no podrá transcurrir un plazo mayor de cuatro (4) años entre la fecha del establecimiento de la empresa y el momento en que empieza la fase productiva. ( Derogado por el Art. 376 de la Ley 1819 de 2016 )