Artículo 98
Atribuciones de los agentes del Ministerio Público
Los agentes del Ministerio Público tendrán, entre otras, las siguientes atribuciones dentro del trámite de la conciliación extrajudicial:
1. Admitir, inadmitir, rechazar o declarar desistida la solicitud de conciliación extrajudicial. Cuando se declare desistida se entenderá como no presentada.
2. Solicitar que se complemente la solicitud de conciliación cuando a ello hubiere lugar.
3. Citar a audiencia de conciliación por el medio más expedito.
4. Dirigir de manera personal, directa e indelegable la audiencia; ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y límites de la conciliación.
5. Citar a la audiencia de conciliación al funcionario que ostente la ordenación del gasto o a su delegado. 6, Solicitar que se alleguen nuevas pruebas o se complementen las presentadas por las partes con el fin de establecer los presupuestos de hecho y de derecho para la conformación del acuerdo conciliatorio.
7. Solicitar el apoyo técnico de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación o quien haga sus veces, cuyos informes o conceptos servirán de prueba en los procedimientos conciliatorios.
8. Solicitar al Comités de Conciliación que reconsidere su decisión positiva o negativa de conciliar en los casos en los que se evidencie: I. Alta probabilidad de condena. ll. Que existan sentencias de unificación o jurisprudencia reiterada sobre la materia. III. Se considere que la fórmula de conciliación compromete la legalidad, en cuanto en el mismo sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley, o no este conforme al interés público o social o se atente contra él o del n ismo se derive un agravio injustificado a una de las partes o a un tercero, o sea lesivo para el patrimonio público. En caso de que el comité persista en su decisión, deberá manifestar sus razones.
9. Proponer fórmulas de acuerdo y motivar a las partes para que las presenten. El agente del Ministerio Público podrá realizar audiencias privadas con las partes para explorar fórmulas de arreglo.
10. Suspender la audiencia de conciliación.