TÍTULO VI RECURSOS EXTRAORDINARIOSCAPÍTULO II Recurso Extraordinario de Unificación de Jurisprudencia
Artículo 256
Fines
El recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia tiene como fin asegurar la unidad de la interpretación del derecho, su aplicación uniforme y garantizar los derechos de las partes y de los terceros que resulten perjudicados con la providencia recurrida y, cuando fuere del caso, reparar los agravios inferidos a tales sujetos procesales.