TÍTULO V DEMANDA Y PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOCAPÍTULO XI Medidas cautelares
Artículo 236
Término para resolver los recursos
Los recursos procedentes contra el auto que decida sobre medidas cautelares deberán ser resueltos en un término máximo de veinte (20) días. (Modificado por el Art. 59 de la Ley 2080 de 2021)