LIBRO DE TRABAJADORES. Artículo derogado por el parágrafo 3 del artículo 65TÍTULO V. SALARIOS.CAPÍTULO III. RETENCION, DEDUCCION Y COMPENSACION DE SALARIOS.
Artículo 152
PRESTAMOS PARA VIVIENDAS
En los convenios sobre financiación de viviendas para trabajadores puede estipularse que el {empleador} prestamista queda autorizado para retener del salario de sus trabajadores deudores las cuotas que acuerden o que se prevean en los planos respectivos, como abono a intereses y capital, de las deudas contraídas para la adquisición de casa.