LIBRO SEGUNDOTÍTULO XV DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICACAPÍTULO OCTAVO DE LOS ABUSOS DE AUTORIDAD Y OTRAS INFRACCIONES
Artículo 421
Asesoramiento y otras actuaciones ilegales
El servidor público que ilegalmente represente, litigue, gestione o asesore en asunto judicial, administrativo o policivo, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público. Si el responsable fuere servidor de la rama judicial o del Ministerio Público la pena será de prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses. (Penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004) .