LIBRO TERCERO PROCEDIMIENTO PENAL MILITARTÍTULO XIII EL JUICIOCAPÍTULO II Audiencia de formulación de acusación
Artículo 481
Citación
Presentado por el Fiscal Penal Militar y Policial Delegado el escrito de acusación, el Juez Penal Militar y Policial de Garantías dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del mismo, señalará fecha y hora para la celebración de la audiencia de formulación de acusación. La Fiscalía Penal Militar y Policial entregará copia del escrito de acusación con destino al acusado, al defensor, al Ministerio Público y a las víctimas. (Artículo modificado por el artículo 105 de la Ley 1765 de 2015.)