LIBRO TERCERO PROCEDIMIENTO PENAL MILITARTÍTULO X FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓNCAPÍTULO ÚNICO Disposiciones generales
Artículo 447
Formalidades
La formulación de la imputación se cumplirá con la presencia del imputado o su defensor, ya sea de confianza o, a falta de este, el que fuere designado por la Defensoría Técnica Militar.