Artículo 48
Espacios para mensajes de garantía y restablecimiento de derechos
Reglamentado por el Decreto Nacional 2200 de 2007 . Los contratos de concesión de los servicios de radiodifusión, televisión y espacios electromagnéticos incluirán la obligación del concesionario de ceder espacios de su programación para transmitir mensajes de garantía y restablecimiento de derechos que para tal fin determine el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar dirigidos a los niños, las niñas y los adolescentes y a sus familias. En alguno de estos espacios y por lo menos una vez a la semana, se presentarán con nombres completos y foto reciente, las personas que hayan sido condenadas en el último mes por cualquiera de los delitos contemplados en el Título IV, "Delitos contra la Libertad, Integridad y Formación Sexuales", cuando la víctima haya sido un menor de edad . Texto subrayado declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-061 de 2008 Ver el Fallo de la Corte Suprema de Justicia 31707 de 2007 , Ver la Sentencia de la Corte Constitucional T-1073 de 2007 , Ver la Sentencia de la Corte Constitucional T-306 de 2008