TÍTULO III - PROGRAMA NACIONAL DE ACOMPAÑAMIENTO INTEGRAL AL EGRESADO DEL SISCAPÍTULO II Derechos y libertades
Artículo 26
Derecho al debido proceso
Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta.