Artículo 98
Competencia por razón de la conexidad
Se tramitarán bajo una misma cuerda procesal las actuaciones que satisfagan los siguientes presupuestos: Que se adelanten contra el mismo disciplinado. Que las conductas se hayan realizado en un mismo contexto de hechos o que sean la misma naturaleza. Que no se haya proferido auto de cierre de investigación o que no se haya vencido el término de investigación. Cuando varios servidores públicos de la misma entidad participen en la comisión de una falta o de varias que sean conexas, se investigaran y decidirán en el mismo proceso, por quien tenga la competencia para juzgar al de mayor jerarquía. La acumulación podrá hacerse de oficio o a solicitud de los sujetos procesales. Si se niega, deberá hacerse exponiendo los motivos de la decisión contra la cual procede el recurso de reposición.