Artículo 4
Legalidad
Los destinatarios de este código solo serán investigados y sancionados disciplinariamente por comportamientos que estén descritos como falta en la ley vigente al momento de su realización. La preexistencia también se predica de las normas complementarias La labor de adecuación típica se someterá a la aplicación de los principios de especialidad y subsidiariedad.